Publicado el 2 de abril de 2020



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Un nuevo decreto para ayudar a sobrellevar la crisis

El Decreto aprobado ayer martes por el Consejo de Ministros, anuncia nuevas ayudas destinadas a cientos de miles de familias de trabajadores inactivos por el estado de alma. Muchos de ellos despedidos por tener contratos temporales, otros a los que su empresa les ha aplicado un ERTE y los menos favorecidos a los que la privación del trabajo día a día con el que iban sustentando a sus familias, les ha dejado en la pobreza más absoluta.

Mayoritariamente va dirigido a todas a aquellas familias que, como consecuencia de la pandemia provocada por el virus Covid-19, están sufriendo un perjuicio económico de gran magnitud. Hoy ha sido publicado en el BOE. Ahora la pregunta es; ¿cómo plasmar este estado de perjuicio económico?.

Las principales ayudas reflejadas en dicho Decreto, están destinadas a hacer frente a las hipotecas de los locales destinados a empresas; comercios, establecimientos de hostelería y sedes de empresas. También al pago de los alquileres, a los autónomos en general, personas con contratos temporales, empleados del hogar y otros.

En materia de acreditación mediante documentos que demuestren el estado actual de las personas afectadas, este Decreto da un tiempo para presentar la documentación necesaria, ya que en estos días tiene mayor dificultad el recopilar dichos documentos. Es por ello, que basta para dar fe de la situación de damnificado, esto es, una Declaración Responsable.

Los requisitos consisten en que, la persona que solicita dichas ayudas se haya visto perjudicada debido al estado de alarma por la pandemia del Covid-19, ya sea por la pérdida de ingresos en gran parte, encontrarse en el paro o ERTE, por reducción de jornada laboral o por otras circunstancias; gas, electricidad, agua, internet y contingencias similares, deben de sumar más del 35% del total de ingresos netos del conjunto familiar. Para demostrar estos datos, se tendrá que documentar en qué estado laboral se encuentra la persona en cuestión. En caso de ser un trabajador autónomo que ha cesado su actividad o en caso de ser un trabajador por cuenta ajena, así como los documentos que plasmen que ha sufrido un ERTE o que se encuentra en situación de paro, y los certificados de pareja, libros de familia para matrimonios y otros documentos, no son nada fáciles de juntar y transmitir a las instituciones en estos días.

Para ofrecer una solución temporal a todas estas cuestiones, el Decreto otorga la oportunidad de presentar en su lugar una Declaración Responsable con una explicación de las causas relacionadas con el coronavirus y la pandemia del Covid-19, sin adjuntar la documentación requerida. También establece un mes de tiempo para realizar la aportación de dicha documentación, una vez termine el Decreto de Estado de Alarma.

También se hará efectivo el plazo de un mes para dar fin al aplazamiento hipotecario y de crédito no hipotecario.

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