Publicado el 25 de marzo de 2013



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Solicitar el padrón municipal on line del Ayuntamiento de Badajoz

En la oficina virtual del Ayuntamiento de Badajoz tenemos acceso a diferentes acciones para facilitar la comodidad al ciudadano. El padrón de habitantes y municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos, según el artículo 53.

Se gestiona en la Sección de Estadística del Palacio Municipal del ayuntamiento y su horario es de lunes a viernes de 9,00 horas a 13,00 horas. Este trámite permite pedir el Volante de Empadronamiento Individual, documento emitido por el Ayuntamiento que acredita la residencia habitual del interesado en el Municipio a la fecha de expedición del volante.

Lo pueden solicitar los ciudadanos que necesiten un documento informativo que indique la residencia habitual del interesado en el Municipio a la fecha de expedición del volante. Existe también el Volante Colectivo – Unidad Familiar que se indica que las personas empadronadas en un domicilio el día de la expedición del Volante y está dirigido a todas aquellas personas que necesitan demostrar dónde y con quién están empadronados actualmente.

Para pedir el certificado de convivencia y empadronamiento se debe entregar copia del DNI o en el caso de extranjeros se entrega la tarjeta de residencia o pasaporte, que siempre han de estar en vigor. Se suele expedir en los casos en que el documento tenga que surtir efectos ante organismos judiciales, adquisición nacionalidad extranjera, pensiones del extranjero…

Además, para notificar el cambio de domicilio se necesita fotocopia del DNI de los mayores de 14 años. En el caso de menores de edad, se entregará fotocopia del libro de familia y en su caso copia de la sentencia donde se declare la custodia del menor.

En el caso de los extranjeros, se presenta fotocopia de la Tarjeta de Residencia en vigor expedida por las autoridades españolas competentes. También se pide fotocopia del justificante del título que legitime la ocupación de la vivienda.


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