Tras el daño que la crisis sanitaria y económica del coronavirus está provocando, el Ayuntamiento de Madrid ha decidido aportar un recurso extra en forma de ayuda para los empresarios afectados. Una serie de iniciativas que buscan reconstruir y reflotar la economía de algunas empresas que están al borde del abismo al no poder encontrar ningún medio para seguir con sus actividades.
El 29 de mayo se celebró el pleno donde se estipuló que se modificaría las Ordenanzas que se ocupan de regular el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) con efecto inmediato desde el 1 de julio del presente año 2020. Todos los alcaldes madrileños se mostraron a favor de ejercer una rebaja en la tributación empresarial para poder así mantener con vida las diversas actividades económicas existentes, protegiendo de forma anexa el empleo.
Rebaja en el IBI
El plan aprobado contempla exclusivamente el ejercicio 2020, ofreciendo una bonificación del 25% de la cuota a todos los propietarios que posean un bien inmueble donde estén ejerciendo alguna actividad de ocio u hostelería, comercio de venta, espectáculos y acciones culturales. Para poder disfrutar de dicha bonificación, se estipulan dos requisitos básicos que los propietarios deben cumplir:
- Que la actividad comercial en ese bien inmueble se estuviera practicando desde antes del 15 de marzo de 2020.
- Que haya un compromiso sólido de que se continuará desarrollando dicha actividad hasta, al menos, el 31 de diciembre de 2020.
Si se da el caso que el propietario del inmueble no es el mismo que el titular que está desempeñando la actividad económica en el mismo, sólo podrá disponer de la bonificación si acredita convenientemente al Ayuntamiento que ha ofrecido al arrendatario una moratoria o un aplazamiento del pago del alquiler, o bien una disminución de la misma, siguiendo lo convenido en los Real Decreto-ley publicados durante el presente estado de alarma.
Esta bonificación tendrá carácter rogado. Y se estipula que el 29 de junio del 2020 será la fecha límite para que los propietarios puedan solicitarla.
Rebaja en el IAE
En el mismo pleno celebrado el 29 de mayo, se acordó igualmente una rebaja del IAE regulado por las Ordenanzas municipales. De forma análoga al IBI, el Ayuntamiento de Madrid ha habilitado que los contribuyentes se aferren a una bonificación del 25%. Para saber si un propietario puede beneficiarse o no de dicho beneficio, se puede consultar en la web oficial para comprobar si están en uno de los sectores contemplados. Destacan sobre todos, las empresas más significativas tales a los de venta al por mayor, las de reciclaje, aquellas que actúan como intermediarias de compra-ventas, comercios al por menor que gestionan artículos industriales, hostelería, todo tipo de agencias de viaje, peluquerías y salones de estética, entre otros tantos.
Al igual que con el IBI, el plazo de solicitud expira el 29 de junio y contempla los mismos dos requisitos que aquel, extendiéndose dicha bonificación solo durante el presente ejercicio 2020. Eso sí, hay algunas diferencias con el IBI que conviene reseñar. La primera es que, en el IAE, se puede aspirar a una reducción del 50% si el empresario tenía en nómina a un mínimo de 10 trabajadores desde el 15 de mayo. Asimismo, la rebaja fiscal del 25% se podría aplicar también en el ejercicio 2021 si la media de trabajadores a 31 de diciembre se mantuviera