Enviar un email a un ayuntamiento

Los ayuntamientos poseen cuentas de correo preparadas para recibir todo tipo de demandas, solicitudes y sugerencias que se les envíe. Es más, suelen disponer de varias cuentas de correo para según qué tipo de gestión se desee efectuar.

Al ser un organismo dependiente de la Administración del Estado, las cuentas de correo de los consistorios están encriptadas mediante una seguridad SSL que garantiza que tanto el envío como la recepción son seguras.

Ventas e inconvenientes de contactar un ayuntamiento por correo

La ventaja principal es que queda constancia del envío por escrito, además de que al recibir la respuesta del ayuntamiento, se puede leer y releer la contestación con detenimiento y tantas veces como se desee.

Por otro lado, los inconvenientes más notorios son que si se quedó alguna pregunta por hacer o si la respuesta suscita nuevas preguntas, hay que proceder con el envío de un nuevo correo. Y si bien la Administración suele responder rápido, a veces puede demorarse un par de días.

Es evidente que la «conversación» por email es más impersonal y requiere de más tiempo entre cada pregunta y respuesta recibida. Normalmente, primero se suele telefonear al ayuntamiento para realizar la consulta por voz, y tras dictaminar la solución o método con el que actuar, se procede al envío del email por si se desea dejar constancia por escrito.

En muchas ocasiones, el envío de un email al consistorio es obligatorio, como si se desea obtener licencias de obras o similares.

Cuándo recurrir al contacto por correo electrónico

El envío de una solicitud, casi cualquier trámite y envío de documentos que nos requieran, pasan por este medio. No obstante, normalmente el inicio del procedimiento comienza desde la sede electrónica del consistorio, donde nos estaremos identificando con nuestro certificado digital o método cl@ve y estaremos dando fe de que somos realmente quienes decimos.

Anteriormente, casi cualquier documento debía referirse al consistorio personándonos allí, mas cada vez son más los órganos oficiales (incluidos los ayuntamientos) los que se suman a permitir que dicha presentación se pueda realizar de forma telemática. Ahorra tiempo al ciudadano, ahorra tiempo al funcionario y es igual de válido y directo que si se hiciera de forma presencial.

La recomendación que siempre se da es que primero se contacte con el ayuntamiento en cuestión por teléfono para tener claro qué papeles, fotocopias o documentos se deben presentar (o enviar) vía correo electrónico. Tras tenerlo bien definido, ya podemos proceder con el envío.

¿Cómo encuentro el email de un ayuntamiento?

Puede acceder a la web oficial del ayuntamiento y buscar en el encabezado, pie de página o apartado de «Contactar». Muchas veces no aparecerá dicho contacto, encontrando en su lugar un formulario de envío que, tras rellenarlo, se recibirá en una cuenta central donde se ocuparán de transmitirlo al departamento oportuno. Es por ello que, este tipo de formularios, provoca que las respuestas tarden.

Otra forma es buscar en nuestro directorio el ayuntamiento con el que desee contactar. Le mostramos toda la información de dicho consistorio, así como nuestro servicio de asistencia telefónica con el que no solo le daremos la información de contacto del ayuntamiento que necesita, sino que también le pondremos en contacto con él.