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Actualidad: La Comunidad de Madrid comienza ya con las nuevas limitaciones a la movilidad en varias zonas y distritos

La Comunidad de Madrid comienza ya con las nuevas limitaciones a la movilidad en varias zonas y distritos

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La Comunidad de Madrid aprobó este lunes las nuevas medidas de seguridad para combatir el creciente aumento de contagios de COVID-19. Se ha decidido limitar la movilidad hasta en 37 áreas de la región, aquellas donde se ha observado mayor tasa de contagio, estando la mayoría de estas al sur. Dicha limitación provocará que los habitantes sólo puedan desplazarse de su hogar para actividades imperantes como puede ser ir a trabajar o a comprar.

Las obligadas medidas afectarán a un total de 855.000 habitantes, definiendo que se vuelva a definir que los aforos de los espacios cerrados sean del 50%, y que se clausuren parques y zonas ajardinadas de juego.

La decisión, suscrita ya en el Boletín Oficial Autonómico, fue firmada por el presidente del Gobierno y la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso, tras reunirse de urgencia ayer lunes. Se llegó además a un acuerdo para que se envíe una partida de Fuerzas de Seguridad del Estado que ayuden en la implantación de un dispositivo técnico que permita realizar hasta un millón de test entre la población.

Distritos con limitación

Las 26 zonas sanitarias que padecerán las restricciones están en los distritos de:

  • Carabanchel
  • Usera
  • Villaverde
  • Villa de Vallecas
  • Puente de Vallecas
  • Ciudad Lineal.

A dicha lista, se debe añadir las localidades colindantes de:

  • Fuenlabrada
  • Humanes
  • Moraleja de En medio
  • Parla
  • Getafe
  • San Sebastián de los Reyes
  • Alcobendas.

Los informes de contagios relevan que, si bien la población que habita en las zonas descritas equivale al 13% del total de la comunidad, concentra el 25% del total de contagios detectados.

Duración de las restricciones

Las medidas se prolongarán hasta que pasen 14 días, no cerrándose la posibilidad de que se prorrogue de nuevo si la situación de contagios no experimenta el descenso que se persigue.

Mientras tanto, la ciudadanía afectada deberá salir de la casa para lo estrictamente necesario, como ir al puesto de trabajo, comprar comida, a una farmacia o realizar un trámite urgente. No cumplir la norma implicaría una sanción que oscila entre los 600 y los 600.0000 euros, según la gravedad y riesgo que esté ocasionando.

Desde ayer mismo, las fuerzas de seguridad policial iniciaron una campaña de controles aleatorios para disuadir a la ciudadanía de que respeten las nuevas medidas. Se solicitaba acreditación a todo aquel que vieran circulando por las calles y, en caso de no tenerla, se le informaba de que si bien no le iban a multar por ser el primer día, los sucesivos sí lo harían.

Cuáles son las restricciones implantadas

  • Reuniones sociales limitadas a un máximo de 6 personas.
  • Los parques y zonas infantiles se cierran.
  • Aforo a edificios de culto reducido a un 33 %.
  • Velatorios limitados a 15 personas si es al aire libre y 10 si es en un lugar cerrado.
  • Comercios con aforo limitado a un 50 % y con obligación de cerrar a las 22.00 horas, exceptuando farmacias, centros médicos, veterinarios, gasolineras y aquellos que son esenciales.
  • Se prohíbe consumir en las barras de las cafeterías y se limita el aforo en su interior a un 50%. Se estipula que una mesa solo podrá tener hasta a 6 comensales. Se permite que el comercio, aún estando cerrado, pueda operar llevando comida a domicilio.
  • Los centros educativos tipo academias y autoescuelas deberán reducir su aforo al 50%, pudiendo disponer de grupos máximos de hasta 6 personas.
  • Todas las instalaciones deportivas, ya sean cubiertas o al aire libre, deberán reducir su aforo al 50%, manteniéndose también que los grupos sean de un máximo de 6 personas.
  • Movilidad restringida tanto en la entrada como en la salida, exceptuando si se hace por motivos laborales, médicos, para ir al colegio, de regreso a la vivienda, para afrontar el cuidado de personas mayores o dependientes, si se dirige a una entidad bancaria, legal, administrativas o sucedánea, para ir a examinarse y -en definitiva- si se requiere para suplir una necesidad prioritaria o urgente.

Se permite que los vecinos de un distrito puedan desplazarse por la vía pública dentro de su perímetro limitado, aunque incluso en tal caso, se recomienda no hacerlo a menos que sea estrictamente necesario.

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