Publicado el 15 de diciembre de 2015



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El ayuntamiento de Ametlla, Barcelona, condenado por no controlar vertidos químicos

El Ayuntamiento de l’Ametlla, en la provincia de Barcelona, ha sido condenado por el Juzgado Contencioso Administrativo por no aplicar el principio de precaución y no mostrarse suficientemente diligente en su obligación de velar por la salud de los ciudadanos.

El consistorio va a tener que indemnizar a una vecina de la población que tiene un grave cuadro clínico de fibromialgia, fatiga crónica y sensibilidad química múltiple al tener una exposición en el interior de su casa con olores de productos químicos y residuales, que procedían de la estación de bombeo del vecino polígono industrial Monguit.

En estas zonas suelen haber una gran cantidad de polígonos industriales y es precaución del ayuntamiento dar respuesta ante estas posibles situaciones. Esta resolución, dictada por el Juzgado Social nº 3 de Barcelona, es de carácter pionero, al ser la primera sentencia en utilizar el concepto de accidente ambiental. Así se reconoce a la afectada a percibir una prestación en concepto de incapacidad permanente en grado de absoluta, y el poder invalidante de las patologías desarrolladas.

La vecina de la localidad ha visto mermada su calidad de vida de manera general y es víctima de las lesiones cuando el ayuntamiento interconectó una red de distribución de residuos potencialmente peligrosos para la salud humana con el alcantarillado urbano de la localidad.

La sentencia marca que el ayuntamiento de l’Ametlla incurrió en “vigilancia y control de vertidos de residuos” al constatar que la autoridad municipal no realizó ninguna actuación inspectora de las instalaciones de la industria en el primer trimestre de 2008.

Se establece que el Ayuntamiento en ningún caso actuó con la debida diligencia para minimizar el riesgo hacia la población con el fin de preservar la salud de sus ciudadanos, algo que es su obligación.

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